COLEGIO DEPARTAMENTAL1
Los Colegios Departamentales de Escuela serán los órganos académicos responsables de coordinar las actividades docentes, de investigación y difusión de los Departamentos. Estarán facultados para el diseño, ejecución y evaluación de los planes y programas académicos, de conformidad con las políticas institucionales de desarrollo y los programas operativos correspondientes.
Se integrará por el Director de Escuela, quien lo presidirá; el Coordinador Académico; los Jefes de Departamento, los Coordinadores de Carrera de Educación Técnica en su caso y el Orientador Educativo de Escuela. Cada uno de los miembros del Colegio tendrá derecho a voz y voto; el Presidente contará con voto de calidad, el Orientador Educativo contará sólo los asuntos inherentes a sus funciones. El Director será suplido en sus ausencias por el Coordinador Académico.2
Funciones del Colegio Departamental. Estatuto Orgánico del Sistema de Educación Media Superior artículo 91.
Integrantes del Colegio Departamental:
Presidente del Colegio Departamental
Mtro. Francisco Díaz Aguirre
Coordinador Académico
Mtra. Claudia Georgina Luquin Rosales
Departamento de Comunicación y Aprendizaje
Lic. Miguel Ángel Castellanos Bobadilla
Departamento de Sociotecnología
Mtro. Ricardo Lucio Velasco
Departamento de Matemática
Ing. Guillermo Valencia Barajas
Departamento de Ciencias Naturales y de la Salud
Dr. Paulino García Ramírez
Departamento de Humanidades y Sociedad
Mtro. Luis Fernando Hérnandez Velasco
Departamento de Servicios Académicos
Lic. Oriz Saraha Olvera Sousa
Orientador Educativo
Lic. Karen Anais Castellanos Bobadilla
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1 Ley Orgánica de la Universidad de Guadalajara artículo 83
2 Estatuto General de la Universidad de Guadalajara artículo 180